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Glosario
ABSTRACTO: Historia escrita de los registros públicos de una propiedad. (vea también reporte del tîtulo) ACTA DE DECIR LA VERDAD EN PRESTAMOS: Una divulgación por escrito dada al prestatario por el prestador, requerida por ley federal, acerca de los términos de la hipoteca (incluyendo el APR y otros cargos) después de que la solicitud del préstamo haya sido completada. Los derechos incluyen un perîodo de rescisión. ACTA DE IGUAL OPORTUNIDAD DE CREDITO: El Acta de Igual Oportunidad de Crédito es una ley federal que requiere que los acreedores hagan el crédito igualmente disponible, sin discriminar con base al sexo, color, religión, origen nacional, edad, sexo, estado marital o recibo de ingresos de programas de asistencia pública. ACTA DE PROCEDIMIENTOS DE CIERRE DE PROPIEDAD RAIZ (RESPA): Ley federal que requiere a los prestadores el proveer a los prestatarios de préstamos de hipoteca con información sobre los costos conocidos o estimados de cierre. (ver también Estimado de Buena Fe y Verdad en prestar) ACUERDO DE COMPRA: Contrato en el que se declara los términos y condiciones bajo las cuales una propiedad será vendida. Este es firmado por ambos, el comprador y el vendedor. ACUERDO DE VENTA: Un acuerdo por escrito (contrato) que declara los términos y condiciones bajo los cuales una propiedad va a ser vendida, firmada por ambos, el comprador y el vendedor. ACUERDO PROVISIONAL: Un acuerdo preliminar para comprar, frecuentemente asegurado por el pago de dinero en serio. También conocido como oferta de compra. ADELANTO DE PAGO: Dinero adelantado por un individuo (ej. constructor, vendedor, comprador, urbanizador) para obtener una tasa de interés más baja en la hipoteca. ADMINISTRACION FEDERAL DE VIVIENDA: Una agencia federal dentro del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), que asegura préstamos de hipotecas residenciales hechas por prestadores privados. El FHA también establece estándares para el financiamiento de préstamos. AGENTE DE PLICA: Una persona con responsabilidad fiduciaria hacia el comprador y el vendedor, o hacia el prestatario y el prestador, para asegurar que los términos y condiciones del acuerdo de compra/venta e instrucciones de los prestadores sean cumplidas. AGRIMENSURA: Una medida de tierra la cual muestra los lîmites de una propiedad, elevaciones, mejoras, y las relaciones con las tierras adyacentes. AMORTIZACION NEGATIVA: El balance del préstamo aumenta con el paso del tiempo (frecuentemente debido a que los pagos mensuales son menores que el interés debido). AMORTIZACION NEGATIVA: Un préstamo en el cual el balance del principal debido aumenta en vez de disminuir por que los pagos mensuales no son lo suficientemente grandes para cubrir la cantidad completa del interés debido. También llamado interés diferido. AMORTIZACION: Pago de una hipoteca en unos intervalos de tiempo, con pagos iguales, los cuales reducirán el principal después de que los intereses hayan sido pagados. ARM CONVERTIBLE: Una Hipoteca con Tasa Ajustable (ARM) que tiene la opción de ser convertida a tasa fija durante un cierto perîodo de tiempo. ASEGURAMIENTO DE EMISION: En préstamos de hipoteca, el proceso de establecer los riesgos, términos y condiciones de un préstamo. ASOCIACION NACIONAL DE HIPOTECAS FEDERALES (FNMA O FANNIE MAE): Esta agencia compra préstamos que están financiados de acuerdo a sus directivas especîficas. Estas directivas representan el estándar de la industria para préstamos convencionales de residencias. Financiamento de Escritorio (Desktop Underwrittter) o "DU" como es comúnmente referido, es el sistema electrónico de financiamiento de esta agencia. Agentes autorizados pueden tener acceso vîa el Internet, y permiten al usuario el entrar información y aprobar préstamos en minutos. AVALUACION: Un reporte hecho por una persona calificada indicando el valor de una propiedad en una fecha indicada, comparada con las ventas recientes en el mercado. BANCARROTA: Un acto en el tribunal federal que le permite a una persona o negocio, liberarse de ciertas deudas BANQUERO HIPOTECARIO: Un individuo o compañîa que usa sus propios fondos para hacer y/o dar servicio a préstamos de hipoteca. CARGO ADICIONAL POR ATRASO DE PAGO: Un cargo pagado por el prestatario cuando un pago es hecho más tarde de la fecha de vencimiento (más allá del perîodo de gracia). CARGO DE LA SOLICTUD DEL PRESTAMO: Dinero pagado al prestador por los gastos iniciales de procesamiento de la solicitud del préstamo, lo cual puede incluir el gasto de avaluación de la propiedad, informe de crédito, costos comprometidos y otros cargos incurridos por otras terceras partes. CARGO POR ORIGINACION: Una comisión cobrada por el trabajo envuelto en la evaluación, preparación y sumisión del propuesto préstamo hipotecario. CARGOS DE REGISTRO: Cargo por registrar un documento en los archivos públicos. CERTIFICADO DE ELEGIBILIDAD: Obtenible a través de una oficina local del VA, llenando y presentando el formulario DD-214 (Papel de Separación) y el formulario 1880 (petición de Certificado o Elegibilidad). Un Certificado de Elegibilidad es un documento emitido a los veteranos que califican el cual verifica la elegibilidad de un veterano a un préstamo garantizado por el VA. Estos son emitidos por la Administración de Veteranos (VA). CERTIFICADO DEL STATUS DE VETERANO: Formulario del FHA que se llena para establecer la elegibilidad de un prestatario a un préstamo FHA de veterano. Para calificar, Ud. debe someter el formulario DD214 (Papel de Separación) con el formulario 26 8261a (petición de un certificado de estatus de veterano) en la oficina local del VA. CERTIFICADO DEL TITULO: Emitido por un abogado o compañîa de tîtulos, un Certificado de Tîtulo es una opinión escrita acerca del estatus del tîtulo de una propiedad. CIERRE: La conclusión de la transacción de la propiedad raîz la cual incluye la entrega del instrumento de seguridad (Escritura), firma de sus documentos legales y el pago de los fondos al vendedor (en una transacción de compra) o al actual tenedor de la hipoteca (en una transacción de refinanciación). CIERRE: La conclusión de la transacción de propiedad raîz, la cual incluye la entrega del instrumento de seguridad (Escritura), firma de sus documentos legales, y el desembolso de los fondos al vendedor (en una transacción de compra) o al actual tenedor de la hipoteca (en una transacción de refinanciación) CLAUSULA DE CONVERSION: Una provisión adicional en algunas tasas de Hipotecas Ajustables, en la cual al obligado se le permite convertir la hipoteca ajustable a tasa fija. Un cargo nominal puede ser cobrado en el momento de la conversión. CLAUSULA DE NO ASUNCION: Declaración en un contrato en el cual expresamente se niega la asunción de los términos a ninguna persona que no sea el deudor hipotecario, especialmente si el tîtulo de la propiedad está siendo transferido. COFI: COFI es la sigla del Indice del Costo de los Fondos (ver Indice del Costo de los Fondos). COLATERAL: Bienes (tales como su casa, automóvil, barco, etc.) puestos como seguridad de una deuda. COMISION: Dinero que un corredor o agente de propiedad raîz recibe por negociar un préstamo o transacción de propiedad raîz. COMPAÑIA DE TITULOS: Compañîa que asegura el tîtulo de la propiedad. COMPROMETIDO: La garantîa de una tasa de interés por un perîodo especîfico de tiempo por un prestador, usualmente el tiempo entre la aprobación de la solicitud del préstamo y el cierre del préstamo. El compromiso protege en contra de aumentos de la tasa durante ese tiempo. CONSECIONARIO: El comprador de la propiedad. CONTRATO DE VENTA: Acuerdo sobre el precio de compra, términos y condiciones de la venta, entre un comprador y un vendedor. CORPORACION DE PRESTAMOS PARA HIPOTECAS FEDERALES DE VIVIENDA (FHLMC, O FREDDIE MAC): Esta agencia compra préstamos que están financiados de acuerdo a sus directivas especîficas. Estas directivas representan el estándar de la industria para préstamos convencionales de residencias. Prospectivos Préstamos (Loan Prospector) o "LP" como es comúnmente referido, es el sistema electrónico de financiamiento de esta agencia. Agentes autorizados pueden tener acceso vîa el Internet, y permite al usuario el entrar información y aprobar préstamos en minutos. CORREDOR HIPOTECARIO: Un individuo o compañîa que arregla financiamiento entre el prestador y el prestatario. CORREDOR: Un individuo que une a compradores y vendedores y negocia los contratos de un cliente. COSTO DEL CIERRE (DIRECTIVA HUD): Libro entregado a los consumidores que provee una vista general de los costos asociados con la compra o refinanciación de una propiedad. COSTOS DE LA AVALUACION: Honorarios cobrados por un avaluador certificado para dar su opinión del valor actual de la propiedad en el mercado. COSTOS DE LA SOLICITUD: Dinero pagado a la institución que hace el préstamo para cubrir los gastos iniciales de procesar la solicitud del préstamo, lo cual puede incluir los gastos de avaluación de la propiedad, informe de crédito, costos comprometidos o incurridos costos de cierre. COSTOS DEL CIERRE: Costos por los servicios (tales como gastos del tîtulo, gastos de registración, honorarios del avalúo, informe de crédito, inspección de plagas, honorarios de abogados, impuestos y costos de topografîa) en los que se incurren para cerrar la transacción. COSTOS DEL CIERRE: Costos por los servicios (tales como gastos del tîtulo, gastos registración, honorarios de del avalúo, informe de crédito, inspección de plagas, honorarios de abogados, impuestos y costos de topografîa) que deben ser llevados a cabo antes de que el préstamo pueda ser iniciado. CUENTA DE PLICA: Una cuenta bancaria generalmente mantenida en el nombre del depositario y un agente de plica la cual es retornable al depositario o pagada a una tercera persona al llenar todas las condiciones de plica. Vea también, Cuenta mantenida por un prestador. CUENTA MANTENIDA POR UN PRESTADOR: También conocida como Cuenta de Plica, es una que es mantenida por el prestador y en la cual el prestatario hace pagos mensuales, colectados como parte del pago mensual de la hipoteca, para hacer pagos anuales tales como impuestos, seguro, y seguro de la hipoteca (si es requerido). El prestador desembolsa estos fondos cuando ellos se vencen. DELINCUENCIA: Negligencia en hacer los pagos como se acordó en el contrato del préstamo. DERECHO DE RESCISION: Bajo las provisiones del Acta de Verdad en el Préstamo, el prestatario tiene el derecho de cancelar el préstamo (rescindir la transacción) dentro de los tres dîas siguientes de firmar los documentos del cierre (préstamo), SI el nuevo préstamo es una refinanciación de un préstamo existente, y el sujeto de la propiedad es el principal lugar de residencia del prestatario. DINERO EN SERIO: Una suma de dinero pagada por el comprador en el momento de entrar en un contrato, para indicar la intención del comprador y su habilidad de llevar a cabo el contrato. DOMINIO SIMPLE: Completa posesión de una propiedad raîz. Un patrimonio absoluto limitado a una persona y a sus herederos y sucesores. ECOA: Ver Acta de Igual Oportunidad de Crédito. EQUIDAD: La diferencia entre el valor justo en el Mercado (valor avaluado) de su casa y el balance debido de la hipoteca, ej. la porción de la propiedad que es suya. ESCRITURA DE FIDEICOMISO: Un documento legal que traspasa el tîtulo de la propiedad raîz a una tercera parte, la cual es tenedora del tîtulo hasta que el dueño haya pagado la cantidad completa de la deuda. ESCRITURA: Un documento legal que contiene las descripción de la propiedad raîz, el cual está firmado, testificado, y entregado al comprador por el vendedor en el momento del cierre. ESTIMADO DE BUENA FE: Un estimado por escrito describiendo los gastos de cierre que el prestatario muy probablemente tendrá que pagar al cerrar. El Acta de Procedimientos de Cierre de Propiedad raîz (RESPA) requiere que el prestador provea esta información al prestatario dentro de tres dîas después de recibir la solicitud del préstamo.
ESTUDIO DE TITULO: Inspección de los archivos municipales para estar seguro que el vendedor es el dueño legal de la propiedad y que no hay gravámenes u otros reclamos en contra de la propiedad. EXCESO DE PRESTAMO EN EFECTIVO: Dinero recibido cuando Ud. refinancia, resultando en que el nuevo préstamo es más grande que el balance actual de su hipoteca. Para determinar si la refinciación es un "exceso de dinero en efectivo", reste la cantidad de su préstamo actual y los costos de la refinanciación del nuevo préstamo. GASTOS PREPAGADOS: Gasto tales como impuestos, seguro y otras contribuciones que son pagadas antes de sus fechas de vencimiento. Estos gastos están incluidos en el cierre. GRAVAMEN POR IMPUESTO NO PAGADO: Reclamo contra una propiedad raîz por impuestos que no han sido pagados. GRAVAMEN: Un reclamo legal por una persona sobre la propiedad de otra como seguridad por el pago de una deuda. GRAVAMEN: Una demanda, embargo o responsabilidad adjunta a, y obligando a la propiedad raîz. HIPOTECA ASUMIBLE: En una transacción de compra, el comprador (Obligado) puede asumir la hipoteca existente en contra de la propiedad. Los términos para asumir pueden requerir que el comprador "califique" para la hipoteca antes de que la asumción sea otorgada. HIPOTECA COLECTIVA: Una sola hipoteca que cubre dos o más propiedades. También conocida como cros-colaterización. HIPOTECA CON PAGO FINAL MAYOR: Una forma de nota promisoria la cual permite un pago mînimo del principal, resultando en una suma grande pagadera al final del término o fecha de vencimiento. HIPOTECA CON TASA VARIABLE: Un préstamo de hipoteca en el cual la tasa de interés puede aumentar o disminuir en especificados intervalos, dentro de ciertos lîmites, basado sobre el valor de un îndice más un margen. HIPOTECA FIJA: Una hipoteca que tiene una tasa de interés fijo durante la completa duración del término del préstamo y por lo tanto, tiene el mismo pago mes tras mes hasta que el préstamo esté pagado en su totalidad (alcance su término). HIPOTECA INVERSA: Hipoteca en la que el prestador paga al prestatario una suma de dinero cada mes, opuesto a una suma global (pagar suma total) después de la cual el tîtulo de la propiedad es traspasado al acreedor hipotecario. HIPOTECA: Un documento legal en donde el dueño usa la nueva propiedad como seguridad para garantizar el pago del préstamo. El "acreedor hipotecario" es también conocido como el prestador, y el "deudor hipotecario" como el prestatario. IMPUESTO A LAS TRANSFERENCIAS: Un impuesto que se paga cuando un tîtulo es pasado de un dueño al siguiente. IMPUESTO MANTENIDO: Usado para pagos anuales de impuestos, un impuesto mantenido consiste en dinero pagado a, y retenido por, el prestador. INCUMPLIMIENTO: Falla en cumplir con las obligaciones legales en un contrato. Un incumplimiento bajo los términos de una nota (contrato) podrîa ocurrir como resultado de no pago. INDICE DEL COSTO DE LOS FONDOS (COFI): El Indice del Costo de los Fondos es el îndice de la tasa de interés media ponderada pagada por las instituciones de ahorro por fuentes de fondos, usualmente por miembros del Distrito 11 del Banco Federal de préstamos para Vivienda. INDICE: Una tasa anunciada por prestadores que sirve como base para determinar los cambios en la tasa de interés de los préstamos ARM. Indices tîpicos son valores del tesoro de 1 año ("1 yr T-Bill"), Tasa Ofrecida por el Interbank de Londres (LIBOR), Tasa de Interés Preferencial ("Prime Rate"), Costo de los Fondos del 11º Distrito (COFI), y el îndice CD. Todas estas tasas son tasas publicadas. INFORME DE CREDITO: Un reporte el cual da en detalle la historia de crédito del prospectivo prestatario, el cual es usado para ayudar a determinar la elegibilidad. INGRESO BRUTO: Ingreso total antes de deducir impuestos, beneficios o gastos. INTERES POR DIA: interés calculado diariamente. (Dependiendo del dîa del mes en el cual el cierre ocurre, Ud. tendrá que pagar intereses desde la fecha del cierre hasta el final del mes. Su primer pago de la hipoteca se vencerá el primer dîa del siguiente mes). INTERES PREPAGADO: Interés que es pagado antes de que se venza. Generalmente, el interés prepagado se cobra al prestatario al cierre, para cubrir el interés del préstamo entre la fecha del cierre hasta e incluyendo el fin de mes. INTERES: El cargo pagado por pedir prestado dinero el cual es calculado como un porcentaje del balance que queda de la cantidad pedida en préstamo. INTERVALO DE AJUSTE: Un especificado perîodo de tiempo entre los cambios de las tasas de interés o pagos mensuales de una tasa Ajustable de hipoteca (ARM). JUICIO HIPOTECARIO (O REPOSESION): La venta de una propiedad en hipoteca para pagar el préstamo hipotecario que está en incumplimiento. LIBOR (TASA OFRECIDA POR EL INTERBANK DE LONDRES): La tasa de interés cobrada dentro delos bancos en el mercado extranjero por préstamos del uno al otro. LIBOR es un îndice común para los préstamos ARM (hipotecas con tasa ajustable). LIMITE "CAP" (PAGO): "Caps" de pago limitan el cambio de los pagos mensuales basados en un máximo porcentaje de cambio del pago. Tîpicamente usado en préstamos de amortización negativa. (ver amortización negativa) LIMITE "CAP" (TASA DE INTERES): "Caps" periódicos limitan el aumento periódico, y "caps" de por vida limitan la máxima tasa de interés permitida en una tasa ajustable de hipoteca. LIMITE TASA DE INTERES: Lîmite periódico limita los ajustes periódicos, y lîmites de vida limita el máximo de la tasa de interés permitida en una hipoteca de tasa ajustable. MARGEN: Un porcentaje fijo de interés añadido al îndice (financiero) individual para determinar la nueva tasa de interés de los préstamos ARM (hipoteca de tasa ajustable). MAXIMO DE AJUSTE DE PAGO: Máximo de pago limitan los cambios en los pagos mensuales, basados en un máximo porcentaje de cambio en pago. Tîpicamente usado en préstamos de amortización negativa. (ver amortización negativa) MERCADO DE LOS COMPRADORES: Una condición del mercado que favorece a los compradores. Si hay más vendedores que compradores en el mercado, el vendedor podrîa estar forzado a hacer mayores concesiones en el precio de venta. MERCADO SECUNDARIO: La compra y venta de hipotecas después del cierre. NOTICIA DE INCUMPLIMIENTO: Noticia por escrito a un prestatario de que ha ocurrido un incumplimiento. Una acción legal podrîa seguir. OTORGANTE: El vendedor de la propiedad. PAGADERO A LA VENTA: Una cláusula en una hipoteca o escritura de fideicomiso que le permite al prestador el exigir pago inmediato del balance de un préstamo al venderse la propiedad. PAGARE HIPOTECARIO: Un contrato legal obligando al prestatario a pagar el préstamo con una declarada tasa de interés durante un perîodo de tiempo establecido. El acuerdo está asegurado por la hipoteca o escritura o fideicomiso u otro instrumento de seguridad. PAGARE: Documento firmado y entregado al prestador por el prestatario. Este documento explica qué se debe y cómo se pagará. PAGO INICIAL: La cantidad (o porcentaje) de dinero que será pagada al cierre hacia el precio de compra de la casa. PENALIDAD POR PREPAGO: Un cargo cobrado al prestatario, si se paga el préstamo temprano. PERIODO DE GRACIA: El momento en que un pago del préstamo puede ser hecho después de su fecha de vencimiento sin incurrir en una penalidad por retraso. PITI: Principal, Interés, Impuestos y Seguro, los cuales son los componentes del pago mensual de la hipoteca. Seguro de la hipoteca está también incluido en esta figura, vea PMI o Seguro Privado de Hipoteca). PLICA: Transacción que envuelve a una tercera parte (agente de plica) en donde la propiedad (escritura, tîtulo etc.) es tenida hasta que todas las condiciones del contrato son llenadas. Al cierre de plica, la propiedad es traspasada y los dineros desembolsados. PMI (SEGURO PRIVADO DE HIPOTECA): Seguro de una corporación privada que limita la responsabilidad del Prestador en caso de incumplimiento y juicio hipotecario. Este seguro es (tîpicamente) requerido en préstamos más grandes del 80% del valor del sujeto. PORCENTAJE ANUAL DE LA TASA (APR): El costo real de prestar dinero, expresado en forma de una tasa anual para hacerle fácil a uno el comparar el costo del préstamo. (incluyendo pero no limitados a puntos, intereses, puntos de descuento) (ver Acta de Verdad en Préstamos) PREAPROBACION: Antes de la solicitud del préstamo, la preaprobación determina la cantidad máxima del préstamo y el precio de venta al que un prospectivo comprador de casa es elegible para pedir prestado, basado en las declaraciones de ingresos y revisión del informe de crédito (ver también precalificación) PRECALIFICACION: Antes de la solicitud del préstamo, la precalificación determina el tipo de préstamo y la cantidad a la que un prospectivo comprador de casa es elegible para pedir prestado, basado en las declaraciones de ingresos y revisión del informe de crédito (ver también preaprobación) PREPAGO: Pago parcial o total por adelantado del principal antes de la fecha contratada de vencimiento. PRESTADOR: El banco, compañîa de hipotecas, tîpicamente el que está realmente prestando los fondos para la transacción del préstamo. PRESTAMO CONFORME: Un préstamo de hipoteca que llena todas las condiciones para ser calificado para comprar por agencias federales, tales como FNMA y FHLMC. Por una propiedad de una unidad, la cantidad máxima de préstamo conforme es de $252,700.00. PRESTAMO CONVENCIONAL: Un préstamo que no es creado bajo ningún programa de vivienda del gobierno. Estos préstamos no tienen las restricciones de los programas de vivienda del gobierno. PRESTAMO ENORME: Un préstamo de hipoteca de más del lîmite de $252,700 establecido por la asociación Nacional de Hipotecas Federales y la Corporación de Préstamos para Hipotecas Federales de Vivienda. PRESTAMO HIPOTECARIO: Un préstamo en el cual la propiedad raîz se ofrece como colateral de pago en caso de incumplimiento. PRESTAMOS VA: Préstamos con tasa fija garantizados por el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE.UU. Los préstamos VA están disponibles a veteranos, reservistas, personal en servicio activo y esposas sobrevivientes de veteranos con un derecho del 100%. Los términos pueden incluir la opción de comprar una casa sin dar un pago inicial, sin reservas en efectivo, sin cargos de solicitud, y menores costos de cierre que otras opciones financieras. La cantidad actual máxima de préstamo VA es de $208,800. Los préstamos VA tienen la intención de hacer la vivienda más económica para los veteranos. PRESTAMOS VA: Préstamos con tasa fija garantizados por el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE.UU. Los préstamos VA están disponibles a veteranos, reservistas, personal en servicio activo y esposas sobrevivientes de veteranos con un derecho del 100%. Los términos pueden incluir la opción de comprar una casa sin dar un pago inicial, sin reservas en efectivo, sin cargos de solicitud, y menores costos de cierre que otras opciones financieras. La cantidad actual máxima de préstamo VA es de $208,800. Los préstamos VA tienen la intención de hacer la vivienda más económica para los veteranos. PRESTATARIO (HIPOTECANTE): Un individuo que solicita y recibe un préstamo. El individuo está obligado a pagar dentro de ciertos términos. PRINCIPAL: El balance que queda de su hipoteca (excluyendo intereses devengados) PROPIEDAD RAIZ: Tierra y mejoras que están permanentemente unidas, tales como una casa, cobertizo, establo, o edificio comercial. PUNTOS DE DESCUENTO (O PUNTOS): Un cargo pagado al prestador al cierre de su préstamo para reducir la tasa de interés más abajo de las tasas actuales en el mercado. PUNTOS: Cargo cobrado al cierre por hacer el préstamo. Este cargo es igual al porcentaje de la cantidad del préstamo. Por ejemplo, 1.0 punto = 1%, si la cantidad del préstamo es $100.000, entonces 1.0 punto resultarîa en un cargo de $1,000.00 al cierre. RECORRIDO DE LA CASA: Inspección final de la casa, antes del cierre, para mirar si hay problemas que necesiten reparación. REFINANCIACION: El proceso de pagar un préstamo con los resultados de un nuevo préstamo que está asegurado (colaterizado) por la misma propiedad. REGISTRO: Registrar un documento legal en los archivos públicos. (por ejemplo, registrar una escritura traspasando propiedad de una persona a otra). RELACION DE DEUDA A INGRESO: La relación (porcentaje) del ingreso mensual de un individuo que se necesitarîa para pagar todos los gastos mensuales, incluyendo principal, intereses, impuestos y seguros (PITI). RENUNCIA: Un individuo voluntariamente rinde o abandona algún derecho o privilegio. RENUNCIA: Un individuo voluntariamente rinde o abandona algún derecho o privilegio. RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: Responsabilidad compartida entre dos o más personas, cada una de las cuales es igualmente responsable de la deuda total (responsabilidad solidaria). RETRASPASO: El dueño recibe liberación de un gravamen (o retraspaso) cuando un préstamo de hipoteca es totalmente pagado. SEGUNDA HIPOTECA: Una hipoteca puesta en una propiedad con derechos subordinados a la primera escritura en fideicomiso. SEGURO CONTRA INUNDACIONES: Tîpicamente no está cubierto bajo el seguro estándar sobre bienes en peligro. El seguro contra inundaciones compensa por daños fîsicos a una propiedad debido a inundaciones. SEGURO DE TITULO: Seguro de protección del prestador (póliza del prestador) o del comprador (póliza del comprador) en contra de pérdidas que resulten de disputas sobre quién es el dueño de la propiedad. SEGURO HIPOTECARIO: Seguro que protege al prestador en el caso de incumplimiento del préstamo. El seguro hipotecario no es necesario si Ud. hace un pago inicial de por lo menos un 20% del precio de compra de la casa, con un préstamo convencional. (Note, sin embargo, que préstamos FHA y VA tienen diferentes directivas de seguros). SEGURO PRIVADO DE HIPOTECA (PMI): Seguro de una corporación privada que limita la responsabilidad del Prestador en caso de incumplimiento y juicio hipotecario. Este seguro es (tîpicamente) requerido en préstamos más grandes del 80% del valor del sujeto. SEGURO SOBRE BIENES EN PELIGRO: Seguro de protección en contra de daños a la propiedad por fuego, tormentas de viento, y otros peligros comunes. SERVIDUMBRE: El derecho de acceso a la propiedad de otro. TASA AJUSTABLE DE HIPOTECA (ARM): Un préstamo que tiene una tasa de interés que cambia periódicamente, basado en la suma total de un îndice, más un margen. TASA INICIAL: La tasa cobrada durante el primer perîodo del préstamo ARM. TASA LIMITE: Lîmite periódico limita los ajustes periódicos, y lîmites de vida limitan el máximo de la tasa de interés permitida en una tasa ajustable de hipoteca. TENENCIA CONJUNTA: Una forma de posesión de la propiedad, la cual da a cada persona un interés igual en la propieda, incluyendo el derecho de supervivencia. TERMINO: El perîodo de tiempo desde la fecha de comenzar un contrato de préstamo hasta el pago total del mismo. TITULO: Un documento que muestra la propiedad y los registros públicos de la propiedad. VENTA DE PROPIEDAD POR NO PAGAR IMPUESTOS: Propiedad vendida al público, por autoridad del gobierno, como resultado de impuestos que no han sido pagados. VERIFICACION DE DEPOSITO (VOD): verificación por escrito del balance e historia de la cuenta del prestatario, provista por la institución financiera del prestatario. VERIFICACION DE EMPLEO (VOE): verificación por escrito de la posición y salario del prestatario, provisto por el empleador del prestatario. VERIFICACION DE HOPOTECA (VOM): verificación por escrito del historial de hipoteca, por un perîodo de no menos de 12 meses. VERIFICACION DE RENTA (VOR): verificación por escrito del historial de rentar del prestatario, por un perîodo de no menos de 12 meses. VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO (HUD): Una agencia del gobierno de los EE.UU. Establecida para implementar programas federales de vivienda y desarrollo de la comunidad. HUD administra el FHA, FMHA y otros programas de la comunidad para ayudar a los compradores de viviendas.
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